Auto Supremo AS/0335/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2006

Fecha: 23-Jun-2006

Por otro lado, con relación a la pretendida violación del art


Por otro lado, con relación a la pretendida violación del art. 47 de la L.G.T. cabe resaltar que éste, en concordancia con el art. 48 del mismo cuerpo legal, se refiere a la jornada efectiva de trabajo y no al tiempo de trabajo que se computa para efectos de la indemnización, por lo que resulta impertinente su cita