Auto Supremo AS/0133/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2006

Fecha: 18-Jul-2006

Por otro lado, el art


Por otro lado, el art. 131 de la Ley de Municipalidades prevé "no procederá la usucapión de bienes de propiedad municipal o del Estado. Los Jueces que admitieran dichas demandas serán pasibles a juicio por prevaricato"