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    Auto Supremo AS/0235/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0235/2006

    Fecha: 04-Jul-2006

    Finalmente respecto a los precedentes contradictorios invocados este alto Tribunal de Justicia no advierte ninguna


    Finalmente respecto a los precedentes contradictorios invocados este alto Tribunal de Justicia no advierte ninguna contradicción con el fallo recurrido ni la existencia de vulneración a principios, derechos o garantías constitucionales, así como a defectos de la sentencia, por lo que deviene en infundado el recurso deducido
    • CONSIDERANDO: que de fojas 83 a 95, el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial
    • Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, como Tribunal de
    • CONSIDERANDO: que la co-procesada referida recurre de casación con los siguientes fundamentos
    • 2
    • 3
    • 4
    • Por lo que solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y se emita
    • CONSIDERANDO: que de la revisión y análisis del cuaderno procesal respecto a los aspectos denunciados,
    • Finalmente respecto a los precedentes contradictorios invocados este alto Tribunal de Justicia no advierte ninguna
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
    • RELATOR: MINISTRO DR. JAIME AMPUERO GARCÍA
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Sucre, cuatro de julio de dos mil seis
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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