CONSIDERANDO: que del examen de obrados, se tiene que el Cnl
CONSIDERANDO: que del examen de obrados, se tiene que el Cnl. DAEN. Dr. Hugo Velasco Rivero, como Director Departamental de la Policía Técnica Judicial, interpone querella a fojas 11 y 12, el 29 de junio de 2002, fecha que, provisionalmente, es considerada como la de inicio del proceso en observancia de las Sentencias Constitucionales señaladas por el solicitante
- VISTOS: la solicitud de extinción del proceso por duración máxima, interpuesta por Rolando Morales Guzmán
- El mandato de celeridad procesal, aconseja que los distintos Tribunales observen con máximo cuidado lo
- El artículo 31 del Código de Procedimiento Penal, señala: "El término de la prescripción de
- El derecho de tutela judicial efectiva, en éstas circunstancias, se contrapone al derecho del encausado
- CONSIDERANDO: que Rolando Morales Guzmán a fojas 324, solicita la extinción de la acción penal,
- CONSIDERANDO: que del examen de obrados, se tiene que el Cnl
- Sin embargo de ello, para declarar la extinción de la acción penal, se debe atender
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintidós de julio de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
