Auto Supremo AS/0284/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2006

Fecha: 22-Jul-2006

CONSIDERANDO: que el Art


Que el caso de autos se halla radicado en esta instancia en mérito a los recursos de casación interpuestos por parte de los acusados y, siendo la cuestión previa de prescripción formulada por éstos, de previo y especial pronunciamiento, corresponde a este Tribunal resolverla previamente, con sujeción a los Arts. 186, 187 y 188 del Código de Pdto. Penal anterior y la Parte Final, Disposición Transitoria Tercera del Código de Pdto. Penal vigente, por constituir una forma de conclusión extraordinaria del proceso, que se traduce en la imposibilidad de continuar con dicho trámite, previa la verificación de los datos del proceso.

CONSIDERANDO: que el Art. 186 del Código de Pdto. Penal de 1972, señala las cuestiones previas y de especial pronunciamiento, entre ellas la prescripción. El Art. 187 del mismo cuerpo legal establece el trámite en los términos siguientes: "Las cuestiones de previo y especial pronunciamiento, enumeradas en el artículo anterior, serán propuestas con prueba preconstituida y darán lugar a que se declare extinguida la acción penal y se ordene el archivo de obrados"