CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado en los recursos, de cuyo análisis y compulsa, se tiene lo siguiente:
I.- Haciendo un esfuerzo para comprender los fundamentos del primer recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por la demandada, se llega al convencimiento que denunció que el Tribunal ad quem, incurrió en la aplicación indebida del art. 44 de la L.G.T., pese a que en cumplimiento a dicha norma, ese Tribunal, dejó sin efecto el pago de las vacaciones solicitadas por la actora, por no haber cumplido más de un año de trabajo, consiguientemente se establece que no es evidente la infracción alegada
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- PARTES: María Elena Monasterio Martins c/ Santa Cruz Internacional Duty Free Shop S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- Dicho fallo motivó los recursos de casación en el fondo de fs
- 2) En el segundo recurso la actora alegó: a) En el fondo, que se incurrió
- CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
- Igualmente de forma contradictoria, la recurrente fundamenta que se consideró indebidamente la carta de fs
- Además, se citan como infringidas disposiciones legales no aplicadas en la resolución recurrida, con olvido
- Consiguientemente se concluye que no son evidentes las causales de casación y de nulidad referidas
- II
- Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que la recurrente, aparte
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
