II
II.- Que, respecto del segundo recurso, se debe recordar que, la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha establecido que el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civil; es decir, de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa, además que debe demostrarse que para interponer el referido recurso, el recurrente debe ostentar la suficiente legitimación activa para interponerlo
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- PARTES: María Elena Monasterio Martins c/ Santa Cruz Internacional Duty Free Shop S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- Dicho fallo motivó los recursos de casación en el fondo de fs
- 2) En el segundo recurso la actora alegó: a) En el fondo, que se incurrió
- CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
- Igualmente de forma contradictoria, la recurrente fundamenta que se consideró indebidamente la carta de fs
- Además, se citan como infringidas disposiciones legales no aplicadas en la resolución recurrida, con olvido
- Consiguientemente se concluye que no son evidentes las causales de casación y de nulidad referidas
- II
- Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que la recurrente, aparte
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
