Finalmente, de forma lacónica y general se acusa de infringido el art
Finalmente, de forma lacónica y general se acusa de infringido el art. 120 de la L.G.T., porque el Juez de la causa dispuso el pago de Bono de Antigüedad 97 que supone estaría prescrito. Sobre el particular, en la sentencia, en la parte resolutiva se declara probada en parte la excepción de prescripción; de consiguiente, en el recurso de casación en el fondo (art. 253 del Cód. Pdto. Civ.), correspondía al recurrente fundamentar puntualmente y demostrar de modo claro, concreto y preciso, cómo, por qué y en qué forma ha sido violado el precepto legal acusado, lo que precisamente se extraña en este caso
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- PARTES: Reynaldo Bustillos Flores c/ Centro Educativo de Nivelación Humanístico Técnico
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el Centro Educativo demandado, la Sala Social y Administrativa Primera de
- Esta resolución motivó el recurso de casación que se analiza; en el que se acusa
- CONSIDERANDO II: Que, previamente, debe recordarse que este recurso se equipara a una demanda nueva
- En el caso de autos, el recurrente no cumple a cabalidad los requisitos de procedencia
- Empero, pese a todas estas falencias que denotan la ausencia de la adecuada técnica jurídica
- En lo que se refiere a la infracción de los arts
- En cuanto a la violación del art
- Finalmente, de forma lacónica y general se acusa de infringido el art
- En consecuencia, no encontrándose haber sido violadas las leyes acusadas, es llegado el caso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
