Auto Supremo AS/0502/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2006

Fecha: 20-Jul-2006

Ahora bien, todo el material probatorio anteriormente referido y lo aseverado en ellos guarda estrecha


Se advierte también que el tribunal ad quem incurrió en error de hecho al momento de considerar la certificación de fs. 19, por cuanto no encuentra referencias, en ese documento, sobre las causas de la desvinculación laboral, cuando en todo su texto se reitera ese hecho, con las siguientes expresiones referidas al señor Vallejos: "no fue destituido de sus funciones", "aduciendo que tenía que viajar, aprovechando el feriado del 1º de Mayo dejó sus funciones en forma voluntaria", "no se presentó nunca al lugar de sus funciones (PUCARA) para continuar con los trabajos" y que "su abandono del Sr. Vallejos no se debió a fallas de la maquinaria lo hizo claramente por motivos personales".

Ahora bien, todo el material probatorio anteriormente referido y lo aseverado en ellos guarda estrecha relación, concordancia y congruencia con las demás testificales de fs. 41-42, lo que resulta suficiente para coincidir con la conclusión fáctica del juez de primera instancia, esto es, que no existió el reclamado despido forzoso