CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 125-126, interpuesto por el Gobierno Municipal de La Paz, representado por Guillermo Rocha Pizarro, contra el auto de vista Nro. 133/02.SSA-II de 9 de septiembre de 2002, cursante a fs. 119, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso laboral seguido por Jorge Alfonso Aguirre Arce contra la Alcaldía Municipal de La Paz; la respuesta de fs. 128, el auto concesorio del recurso de fs. 129, el Dictamen del Fiscal General de la República de fs. 131-132, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en fecha 29 de agosto de 2000, pronunció la sentencia Nro. 64/2000 a fs. 90-91, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la Alcaldía Municipal de La Paz pague en favor del demandante la suma de Bs. 51.100.-, por concepto de indemnización, desahucio y sueldos devengados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa Segunda de la
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de los antecedentes procesales y los fundamentos del recurso,
- En este último documento, en forma clara y expresa se estipula que el contrato se
- Ahora bien, de lo anterior se desprende que, unilateralmente, la entidad demandada habría "interrumpido" el
- Dentro del contexto legal descrito, se tiene que tanto el Juez A quo como el
- Consecuentemente, conforme lo expuesto, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
