CONSIDERANDO: que los recurrentes exponen los motivos en los que fundan la impugnación en casación,
CONSIDERANDO: que los recurrentes exponen los motivos en los que fundan la impugnación en casación, bajo los siguientes fundamentos:
1.- Que el Auto de Vista, al haber hecho suyos los argumentos de la sentencia, reproduce los errores que contiene la resolución del a quo, en la que realizó una defectuosa valoración de la prueba, fundamentalmente respecto al informe de auditoria, toda vez que, a pesar de haber sido debida y oportunamente comunicado al procesado, sin que exista vulneración a sus derechos y garantías, no fue incorporado al proceso. Que siendo mal compulsados por el Tribunal de alzada, los defectos denunciados en apelación restringida, la resolución no fue debidamente razonada, reiterándose el defecto de procedimiento
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Genaro Quenta Fernández en calidad de Fiscal de
- CONSIDERANDO: que los recurrentes exponen los motivos en los que fundan la impugnación en casación,
- Invoca, por otra parte, en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos Nº 281/2000 y
- 2
- Por otra parte indica que, a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida, señaló
- Que, finalmente, la sentencia 09/2005 incurre en los defectos previstos en el artículo 370 numeral
- CONSIDERANDO: que si bien ambos recursos fueron interpuestos dentro del término legal, de su análisis
- 3
- De lo referido, se tiene que cumplidos como se tienen los requisitos previstos por ley,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
