VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Genaro Quenta Fernández en calidad de Fiscal de
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: No. 321 Sucre 28 de agosto de 2006
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y otro c/ Jaime Joel Rodríguez Bernal
concusión y otros
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VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Genaro Quenta Fernández en calidad de Fiscal de Materia y Antonio Hernán Canedo Rojas en representación de la Superintendencia de Hidrocarburos de fojas 193 a 194 vuelta, y 202 a 205 respectivamente, impugnando el Auto de Vista 342 "B"/2005, dictado por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz de fojas 178 a 180, dentro del proceso penal que, por los delitos de concusión, falsificación de sellos, papel sellado y timbres, falsedad ideológica, falsedad de documento privado y uso de instrumento falsificado, sus antecedentes, y:
CONSIDERANDO: que la impugnación, como derecho de las partes, se encuentra garantizado a través de los diferentes recursos previstos en nuestro sistema procesal penal. La casación, al ser distinta del recurso de apelación restringida, tiene por objeto unificar la aplicación de la ley, materializando el valor supremo de la igualdad; de ahí que, los requisitos para su interposición, son a la vez que un filtro, un medio para el logro de aquella finalidad, siendo su observancia obligatoria bajo prevención de inadmisibilidad del recurso
AUTO SUPREMO: No. 321 Sucre 28 de agosto de 2006
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y otro c/ Jaime Joel Rodríguez Bernal
concusión y otros
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VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Genaro Quenta Fernández en calidad de Fiscal de Materia y Antonio Hernán Canedo Rojas en representación de la Superintendencia de Hidrocarburos de fojas 193 a 194 vuelta, y 202 a 205 respectivamente, impugnando el Auto de Vista 342 "B"/2005, dictado por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz de fojas 178 a 180, dentro del proceso penal que, por los delitos de concusión, falsificación de sellos, papel sellado y timbres, falsedad ideológica, falsedad de documento privado y uso de instrumento falsificado, sus antecedentes, y:
CONSIDERANDO: que la impugnación, como derecho de las partes, se encuentra garantizado a través de los diferentes recursos previstos en nuestro sistema procesal penal. La casación, al ser distinta del recurso de apelación restringida, tiene por objeto unificar la aplicación de la ley, materializando el valor supremo de la igualdad; de ahí que, los requisitos para su interposición, son a la vez que un filtro, un medio para el logro de aquella finalidad, siendo su observancia obligatoria bajo prevención de inadmisibilidad del recurso
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Genaro Quenta Fernández en calidad de Fiscal de
- CONSIDERANDO: que los recurrentes exponen los motivos en los que fundan la impugnación en casación,
- Invoca, por otra parte, en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos Nº 281/2000 y
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- Por otra parte indica que, a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida, señaló
- Que, finalmente, la sentencia 09/2005 incurre en los defectos previstos en el artículo 370 numeral
- CONSIDERANDO: que si bien ambos recursos fueron interpuestos dentro del término legal, de su análisis
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- De lo referido, se tiene que cumplidos como se tienen los requisitos previstos por ley,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
