Como precedentes contradictorios invocan el Auto Supremo Nº 95/06 de 6 de marzo de 2006
Como precedentes contradictorios invocan el Auto Supremo Nº 95/06 de 6 de marzo de 2006 y el Auto de Vista Nº 71/04 dictado por la Corte Superior del Distrito de Potosí, el que refiere que los memorandos y cuadernos de registro: "tienen la calidad indudable de documentos públicos, porque todo actuado interno o externo institucional en Entidades Públicas tienen ese cariz, por correcta y amplía interpretación no limitada del Art. 1296 del Código Civil (...)"; Autos Supremos Nros. 516/03 de 13 de octubre de 2003, 97/04 de 18 de febrero de 2004, 82/05 de 18 de marzo de 2005, 199/05 de 11 de junio de 2005 y 354/05 de 29 de septiembre de 2005
- PARTES : Ministerio Público y otros c/ Luís Arturo Vargas Mejía y otro
- Peculado y otros
- CONSIDERANDO: que, Anuncio Piérola Galvis, Fiscal de materia, recurre de casación de fojas 305 a
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- Finaliza, pidiendo al Supremo Tribunal, se establezca la doctrina legal aplicable, se deje sin efecto
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- Como precedentes contradictorios invocan el Auto Supremo Nº 95/06 de 6 de marzo de 2006
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 31 de agosto de 2006
- de la Sala Penal Segunda (En suplencia legal)
