Auto Supremo AS/0338/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2006

Fecha: 31-Ago-2006

Finaliza, pidiendo al Supremo Tribunal, se establezca la doctrina legal aplicable, se deje sin efecto


Como precedente contradictorio invoca el Auto Supremo Nº 97/04 de 18 de febrero de 2004, que a letra dice: "Que si bien es evidente que para la procedencia del recurso de casación se deben cumplir con los requisitos exigidos por los Arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, no es menos cierto que la revisión excepcional y eventual de oficio procede cuando existen violaciones flagrantes al debido proceso y defectos absolutos de procedimiento insubsanables o de la sentencia, conforme disponen los Arts. 169 y 370 del Cód. de Pdto. Penal".

Finaliza, pidiendo al Supremo Tribunal, se establezca la doctrina legal aplicable, se deje sin efecto la resolución recurrida y se ordene se dicte un nueva resolución