Auto Supremo AS/0341/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2006

Fecha: 28-Ago-2006

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2.- Por su parte, Erwin Lima Durán, denuncia inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, fundamentando que el hecho de transportar a una persona en su radiomóvil, no puede constituir el delito de tráfico en grado de complicidad, precisando que existió además voto disidente respecto a su participación. Realiza un análisis del artículo 16 del Código Penal, referido al error invencible, y justifica su solicitud, en su actividad laboral habitual y su afiliación a la empresa de radiomóviles; concluye indicando, que no tuvo participación alguna en el hecho, y que cuando se le aprehendió, fue en circunstancias en que realizaba su trabajo, sin que se hubieran demostrado los elementos subjetivos constitutivos del tipo penal