Auto Supremo AS/0348/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2006

Fecha: 28-Ago-2006

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3.- Que el Tribunal de Sentencia admitió prueba ilícita e incurrió en valoración defectuosa de la prueba.

4.- Que la sentencia dictada está fechada el 16 de noviembre de 2003, es decir que antes de haber sido oído en juicio el Tribunal de Sentencia ya tenía todo resuelto vulnerándose así el artículo 1 del Código de Procedimiento Civil (sic) y que, en consecuencia, el fallo, al sustentarse en un procedimiento ilícito, es nulo según lo establecen los artículos 407 del Código de Procedimiento Penal y 31 de la Constitución Política del Estado