POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Ministro Dr. Jaime Ampuero García, Presidente de la Sala Penal Primera, convocado al efecto, aplicando el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación de fojas 232 a 235 interpuesto por Salomón Balderrama Guzmán impugnando el Auto de Vista de fecha 11 de marzo de 2005 cursante de fojas 226 a 227 y vuelta de obrados, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Sentencia Segundo en lo Penal de la ciudad de Santa
- Que de esta resolución el imputado recurre de apelación restringida la misma que, por Auto
- CONSIDERANDO: que contra el referido Auto de Vista, el imputado Salomón Balderrama Guzmán, interpone recurso
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- CONSIDERANDO: que de la revisión prolija del cuaderno procesal y del fallo impugnado, se tiene
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- Que, de la revisión del Auto de Vista se establece que la condena se basa
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
