Por su parte, la entidad demandada, probó que, no sólo emplazó al demandante apersonarse por
Por su parte, la entidad demandada, probó que, no sólo emplazó al demandante apersonarse por el Departamento de Contabilidad para el pago de sus beneficios sociales, sino que también demostró que dicho pago se encontraba previsto, a tal grado que, en fecha 6 de noviembre de 2002 giró el cheque Nº 00177 por la suma de Bs. 298.760,33 a nombre de Benedicto Coca Terraza, conforme se advierte de la copia cursante a fs. 30 de obrados, información que se encuentra corroborada por la certificación de fs. 9, suscrita por el Jefe de Contabilidad de CESSA, amén de la confesión provocada a la que fue deferido el actor, cuyo interrogatorio cursa a fs. 33 de obrados, cuyos puntos se dieron por averiguados en el marco del art. 166 Cód.Pdto.Trab., conforme se tiene a fs. 39 de obrados. Estos elementos probatorios, constituyen suficientes elementos de prueba para concluir, conforme lo hizo, con buen criterio, el tribunal ad quem que, la demora en el pago de los beneficios sociales del actor, fue inducido por éste y, siendo así, mal se pude atribuir responsabilidad a la entidad demandada, mucho menos condenársele en multa
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa violación del art
- En el caso del art
- Con estos fundamentos demanda la CASACION del Auto de Vista, con costas
- CONSIDERANDO: Que, revisado el expediente en el marco de los términos del recurso en la
- Sobre lo anterior, el recurrente alegó ser falso el hecho que no se haya apersonado
- Por su parte, la entidad demandada, probó que, no sólo emplazó al demandante apersonarse por
- Consiguientemente, no siendo evidente la infracción legal acusada, corresponde observar la disposición contenida en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
