CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación de fs. 350-352, interpuesto por Esthela Tejerina de Pérez, contra el auto de vista 61/2003 de 17 de julio de 2003 (fs. 347-348), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que sigue la recurrente contra la Cooperativa de Transporte y Servicios Públicos "Virgen de Chaguaya" Ltda., la respuesta de fs. 355-356, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia el 19 de octubre de 2002 (fs. 167-168), declarando improbada la demanda de fs. 13, sin costas, disponiendo que la empresa demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs. 652,5.-, por concepto de vacación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista 61/2003 de 17 de julio de 2003
- Que, contra el auto de vista, la demandante interpone recurso de casación, alegando que el
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido y declare probada la demanda, ordenando
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- Ahora bien, el incumplimiento por cualquiera de las partes de estos lineamientos recíprocos puede dar
- II
- a) Que, la causa del despido de la trabajadora consignada en el memorando de 11
- b) La causal invocada por la parte demandada, ha sido discutida en el proceso, dando
- c) Además, según se tiene en el documento de 11 de diciembre de 2001 de
- d) Es necesario precisar que el informe de fs
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
