Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 103-105, planteado por el representante de la entidad demandada, alegando que la Ley Orgánica de Municipalidades No. 696 de 10 de enero de 1985 en su art. 54, establecía que los funcionarios municipales gozaban de los beneficios de la Ley General del trabajo; empero en fecha 28 de octubre de 1999 se promulgó la nueva Ley de Municipalidades No. 2028 que en su art. 14 deroga expresamente la Ley No. 696, excluyendo al funcionario municipal de la Ley General del Trabajo, adecuándoles como servidores públicos sujetos a la Ley de Municipalidades No. 2028, Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal, disposiciones legales con las que fue contratada la demandante y que no fueron tomadas en cuenta por los jueces de instancia. En síntesis fundamenta que es improcedente la demanda, motivo por el que impetra se case totalmente o se anule el auto de vista recurrido
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación formulada por el apoderado de la entidad demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, en observancia a lo previsto por el art
- Que, de la revisión del expediente, se advierte con precisión la naturaleza de "entidad pública"
- En efecto, la prueba de fs
- Que, asimismo a fs
- En la especie, tanto el juez de primera instancia como el tribunal de apelación, han
- CONSIDERANDO III: Que, por lo precedentemente expresado, se establece que la relación laboral de la
- En este mismo sentido, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Ley Nº 07375
- Que, en este marco legal, al haberse advertido que tanto el Juez a quo como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
