En efecto, la prueba de fs
En efecto, la prueba de fs. 1-2 demuestra que la demandante fue designada por el Alcalde Municipal de la ciudad Santa Cruz, como servidora pública municipal, para desempeñar interinamente el cargo de secretaría a.i., en función al art. 44-6) de la Ley No. 2028 de 28 de octubre de 1999, habiendo cesado en sus funciones como efecto del memorándum firmado también por la Alcaldesa Municipal. De manera que al ser designada el 29 de mayo de 2000, vale decir, en vigencia de la Ley No. 2028 de 28 de octubre de 1999, se concluye que la actora se encuentra sujeta al régimen jurídico de la referida Ley de Municipalidades
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación formulada por el apoderado de la entidad demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, en observancia a lo previsto por el art
- Que, de la revisión del expediente, se advierte con precisión la naturaleza de "entidad pública"
- En efecto, la prueba de fs
- Que, asimismo a fs
- En la especie, tanto el juez de primera instancia como el tribunal de apelación, han
- CONSIDERANDO III: Que, por lo precedentemente expresado, se establece que la relación laboral de la
- En este mismo sentido, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Ley Nº 07375
- Que, en este marco legal, al haberse advertido que tanto el Juez a quo como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
