Asimismo, habiendo cobrado los beneficios sociales a su entera conformidad por el período trabajado entre
3.- En el presente caso, se advierte a fs. 3-4, que el demandante fue elegido como representante del "Sector San José", para conformar la Directiva del Sindicato de Trabajadores Ferroviarios, el 16 de enero de 2002 y posesionado el 19 de enero del mismo año (Resolución Administrativa Nº 07/02 de 22 de enero de 2002); hallándose también acreditado a fs. 2, por memorándum Nº 02/2002, que el trabajador fue despedido por reestructuración administrativa, el 17 de enero de 2002, es decir, 2 días antes de su posesión.
Asimismo, habiendo cobrado los beneficios sociales a su entera conformidad por el período trabajado entre el 1º de julio de 1996 al 17 de enero de 2002, tal como se acredita por el finiquito de fs. 38, se tiene que el actor interpuso su demanda de reincorporación el 22 de mayo de 2003, según consta en el cargo de presentación de fs. 8, habiendo transcurrido 1 año y 4 meses desde la cesación laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de 19 de noviembre de 2003 (fs
- Que, contra el auto de vista, el actor interpone el recurso de casación o nulidad
- Por otro lado, denuncia que se aplica indebidamente el art
- En la forma, acusa que el Tribunal de alzada transgredió el art
- Concluye unificando un petitorio para ambos institutos, solicitando confusamente se sirva casar el auto de
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- 2
- Ciertamente el art
- Asimismo, habiendo cobrado los beneficios sociales a su entera conformidad por el período trabajado entre
- 4
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
