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2.- En el recurso de fs. 227-230, interpuesto en la forma y en el fondo por la parte demandante, se tiene:
Que, en el recurso de casación en la forma, el recurrente omite especificar y fundamentar las causales previstas por el art. 254 del Cód. Pdto. Civ., que hacen su procedencia incumpliendo así con los requisitos previstos en el art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., por lo que no se considera
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación por auto de vista Nº 098/2003 de 19 de mayo de
- Este fallo motivó que tanto el demandado, como el demandante interpongan los recursos de casación
- Analizados ambos recursos, por su orden, se tiene
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- Que, en el recurso de casación en el fondo, acusa que el Tribunal ad quem,
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del auto de vista, se establece que el Tribunal
- No habiéndose cumplido con la mencionada homologación, queda claro que en el referido proceso, tramitado
- Que, en ese marco legal, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Interviene para resolución el Ministro de la Sala Civil, Dr
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
