Auto Supremo AS/0738/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0738/2006

Fecha: 11-Sep-2006

Diferente hubiera sido la situación si el monto que se omitió cancelar en el primer


Diferente hubiera sido la situación si el monto que se omitió cancelar en el primer finiquito (Bs. 2.527,30) recién hubiera sido calculado en la sentencia, es decir en diciembre de 2001; de haber ocurrido esta circunstancia, para el cálculo de la indexación se hubiera tenido que tomar, imperiosamente, como mes final el mes de noviembre de 2001, como pretende el recurrente y al no haber acontecido así, se aplica lo que acertadamente determinaron los de instancia