Por lo que el indicado tribunal, otorgó más de lo pedido por las partes, incurriendo
Por lo que el indicado tribunal, otorgó más de lo pedido por las partes, incurriendo en al causal de nulidad prevista por el art. 254 inc. 4) del Cód. Pdto. Civ., aplicable al caso presente, con la permisión contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab., correspondiendo determinarse dicha nulidad, al impedir a éste Tribunal emitir criterio sobre los puntos fundamentados en el recurso de casación en el fondo
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
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- Concluyó solicitando que se declare "fundado" el recurso de casación en el fondo y se
- CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
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- III
- IV
- Por lo que el indicado tribunal, otorgó más de lo pedido por las partes, incurriendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
