POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., ANULA obrados hasta fs. 751, para que previo decreto de autos, sin espera de turno, se emita nueva resolución, con la pertinencia prevista por el art. 236 del Cód. Pdto. Civ
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
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- Concluyó solicitando que se declare "fundado" el recurso de casación en el fondo y se
- CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
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- III
- IV
- Por lo que el indicado tribunal, otorgó más de lo pedido por las partes, incurriendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
