2
2.- En el recurso de casación y/o nulidad interpuesto por la parte actora a fs. 418-422, se evidencia que el recurrente, fuera de no especificar si recurre en la forma, en el fondo o en ambos casos a la vez y sin acusar en concreto infracción de ley alguna, hace notar - por fundamento - que jamás solicitó el pago de beneficios sociales puesto que ello implicaría la aceptación de su retiro forzoso en violación de su fuero sindical, en total confusión de la naturaleza y oportunidad del recurso extraordinario de nulidad o casación que franquea el art. 250 del Cód. Pdto. Civ., con el recurso ordinario de apelación, solicita que el "Tribunal de alzada", case parcialmente el auto de vista Nº 249/03 disponiendo su reincorporación y pago de sueldos devengados, vacaciones, aguinaldos y primas anuales hasta la fecha de su reincorporación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral sobre violación al fuero sindical, el Juez Primero
- En grado de apelación por auto de vista Nº 249/03 SSA-I de 28 de noviembre
- Este fallo motivó que ambas partes interpongan los recursos de casación en los que expresan,
- 2
- 1
- De donde se afirma que el Tribunal ad quem, apartándose del alcance de dicha Resolución
- De lo expuesto, queda claro entonces que: la entidad demandada no incurrió en violación del
- Que, en ese marco legal, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin responsabilidad, por ser excusable
- Interviene para resolución, el Ministro de la Sala Civil, Dr
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
