Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0836/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0836/2006

    Fecha: 25-Sep-2006

    Que, en ese marco legal, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista en


    Que, en ese marco legal, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista en los arts. 272-2) y 274 del Cód. Pdto. Civ., en cumplimiento de la norma remisiva del art. 252 del Cód. Proc. Trab
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral sobre violación al fuero sindical, el Juez Primero
    • En grado de apelación por auto de vista Nº 249/03 SSA-I de 28 de noviembre
    • Este fallo motivó que ambas partes interpongan los recursos de casación en los que expresan,
    • 2
    • 1
    • De donde se afirma que el Tribunal ad quem, apartándose del alcance de dicha Resolución
    • De lo expuesto, queda claro entonces que: la entidad demandada no incurrió en violación del
    • Que, en ese marco legal, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista en
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin responsabilidad, por ser excusable
    • Interviene para resolución, el Ministro de la Sala Civil, Dr
    • Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Dr. Juan José González Osio
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca