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    Auto Supremo AS/0895/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0895/2006

    Fecha: 28-Sep-2006

    Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.


    Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, por auto de
    • Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante interpone recurso de casación en
    • 2
    • Concluyó solicitando que se case el auto de vista con las condenaciones de ley
    • CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal, corresponde verificar si es o no evidente
    • II
    • Por ello, no puede reconocerse el pago de aguinaldos, indemnización y desahucio ya prescritos o,
    • Por lo relacionado, corresponde aplicar los arts
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario del Profesional Abogado, en Bs
    • Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Dr. Juan José González Osio
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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