Auto Supremo AS/0028/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2007

Fecha: 10-Ene-2007

Como precedentes contradictorios invoca el Auto Supremo Nº 66/06 de 27 de enero de 2006,


Como precedentes contradictorios invoca el Auto Supremo Nº 66/06 de 27 de enero de 2006, que establece en lo concerniente a los defectos absolutos que: "cuando en la resolución sea sentencia o Auto de Vista, no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten los alcances de la resolución basados en normas sustantivas, adjetivas penales o que correspondan a convenios o tratados internacionales, porque lo contrario se traduce en "error injudicando" que debe ser corregido por el Tribunal de Alzada o ante error de este Tribunal corresponde a la Corte Suprema de Justicia subsanar los errores de interpretación o aplicación de la ley sentando las correspondientes líneas doctrinales vinculantes a efectos de que los defectos absolutos emergentes de indebida aplicación de la Ley sean subsanados"