POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de los Arts. 59-1) de la Ley de Organización Judicial, última parte del Art. 417 y primera parte del Art. 418 de la Ley Nº 1970, ADMITE los recursos de casación deducidos por Domitila Sejas Mejía y Victoria Laura Inca de fs. 122 a 128 y 146 a 154 vuelta, respectivamente; consiguientemente en mérito a ello, se dispone que por Secretaría de Cámara se envié a las Cortes Superiores de los Distritos Judiciales del País, el Auto de Vista de fs. 113 a 117 y el presente Auto Supremo de la fecha, a objeto que se ponga en conocimiento de las Salas Penales, Tribunales, Jueces de Sentencia e Instructores en materia penal, con el fin que sea observado
- PARTES : Ministerio Público c/ Victoria Laura Inca y otras
- Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: los recursos de casación de fs
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que Domitila Sejas Mejía, recurre de casación de fs
- 2
- Como precedentes contradictorios invoca el Auto Supremo Nº 66/06 de 27 de enero de 2006,
- El A
- Finaliza pidiendo al Tribunal Supremo se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y
- A su vez, la co-acusada Victoria Laura Inca de fs
- 3
- Como precedentes contradictorios invoca el Auto Supremo Nº 455/05 de 14 de noviembre de 2005,
- El Auto Supremo Nº 66/06 de 27 de enero de 2006, que determinó como doctrina
- Concluye pidiendo al máximo Tribunal de Justicia, se deje sin efecto el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: que cumplidas cono se hallan los requisitos exigidos por los Arts
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
