En ese marco debe entenderse además que el sistema procesal penal vigente, no admite dentro
En ese marco debe entenderse además que el sistema procesal penal vigente, no admite dentro del subsistema de la prueba, la prueba legal o tasada, adscribiéndose el instituto al sistema de la libre convicción la que alcanza el juzgador a partir del método de la sana critica, por lo que el juicio de valor de uno o mas medios de prueba así como a las convicciones son facultad privativa del órgano jurisdiccional, conforme a lo que se haya aprehendido por inmediación de aquella prueba objetiva sometida al contradictorio; empero, es una garantía del debido proceso que el fallo exprese y explique los motivos por los que encuentra demostrada la existencia y concurrencia de todos los elementos típicos que configuran el ilícito que se juzga; ese antecedente, se tiene que la edad de la victima siendo un elemento normativo del tipo penal atribuido no ha sido debidamente acreditado y se ha dado en la sentencia como una presunción de hecho siendo que la misma afecta sustancialmente a la calificación del tipo penal, vulnerándose el principio de legalidad penal existiendo en consecuencia errónea aplicación de la ley sustantiva
- PARTES : Ministerio Público c/ Oscar Eugenio Mamani Tarqui
- Violación de niño, niña o adolescente agravada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 73 a 76 interpuesto por Oscar Eugenio Mamani
- CONSIDERANDO: Que Oscar Eugenio Mamani Tarqui mediante su recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que de la denuncia referida a la falta de congruencia entre el hecho acusado
- Respecto a la denuncia de que no se habría acreditado la edad de la víctima
- En ese marco debe entenderse además que el sistema procesal penal vigente, no admite dentro
- De los datos del proceso se tiene por una parte que el defecto referido a
- En ese entendimiento, si bien los elementos constitutivos del tipo penal previsto en el articulo
- A partir del cambio de sistema procesal, se implementa como principio rector del sistema de
- En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
- Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la
- Ante un eventual error en la subsunciòn de la conducta por el A quo si
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Para fines del articulo 20 de la Ley Procesal Penal remítase copias del presente Auto
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007
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