Que, la sentencia cuya homologación se solicita se pronuncia sobre la petición principal del proceso
Que, la sentencia cuya homologación se solicita se pronuncia sobre la petición principal del proceso de divorcio siendo su efecto esencial la disolución o ruptura del vinculo conyugal, define sobre la asistencia familiar en favor de los hijos y la tenencia de los mismos, efectos que también están comprendidos en nuestra legislación, conforme dispone el Capitulo II Sección III, artículos 141 y siguientes del Código de Familia
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se llega a establecer que la peticionante Trinidad
- Que, por sentencia pronunciada el 4 de octubre de 2004, por el Juez John L
- La documentación acompañada con la demanda evidencia: Que la referida sentencia dictada en el extranjero
- CONSIDERANDO: Que, con esos antecedentes Walter Bruno Calla Cárdenas en uso del poder de fojas
- La demanda de homologación de sentencia es admitida por providencia de fojas 21 y de
- CONSIDERANDO: Que examinado el expediente, se evidencia el pronunciamiento de la sentencia de fojas 7
- Que, la sentencia cuya homologación se solicita se pronuncia sobre la petición principal del proceso
- Que, dicho fallo no se opone a las leyes de orden público que rigen el
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Firmado: Sofía Fiengo S
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