Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, Arts. 271 numeral 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por permisión del Art. 297 del Código Tributario, de acuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 189-190 de obrados, declara INFUNDADO el Recurso de Casación de Fs. 177-180, con costas.
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 500 que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso y cumpliendo con el Auto de Vista Nº 046/99,
- En grado de Apelación, a instancia de la administración tributaria, el tribunal de alzada dictó
- Este fallo motivó el recurso de casación cursante a Fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo acusado es evidente o no,
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- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
