Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 249-250, interpuesto por el representante de la entidad demandada, en el que refiere que no se hubiera interpretado ni aplicado correctamente la Ley Nº 975, el Cód. S.S. y el art. 2º inc. c) de la R.M: Nº 570 de 22 de septiembre de 2003, pues -dice- que la demandante busca enriquecerse ilícitamente al perseguir el pago de derechos que no le corresponden, puesto que conforme consta a fs. 66 y 67, la demandante presentó el certificado de atención prenatal, por el que se acredita que ya en cumplimiento de la R.M. indicada, recibió los subsidios que le correspondían a partir del 5º mes de gestación, en su condición de beneficiaria de su esposo Víctor Rojas Iturralde, trabajador de la Empresa Ferroviaria Andina, mientras que ante el Gobierno Municipal que representa el recurrente, conforme consta la nota de fs. 39, hizo conocer su condición de embarazada, cuando ya no existía la relación laboral, al haberse vencido el contrato que tenía suscrito (fs. 128-129), contrato que se sujetaba a las normas de la Ley de Municipalidades y el Estatuto del Funcionario Público (cláusula segunda)
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el nombrado Alcalde recurrente (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó indicando que interpone el recurso, para que este tribunal, dicte resolución casando en parte
- CONSIDERANDO II: Que, en este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
- En el caso presente, tal como se refiere en la demanda, la relación laboral concluyó
- Pero, como en autos, la demandante, no ha solicitado la reincorporación, sino en forma inapropiada,
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatríz Alcira Sandoval Bascopé de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
