Auto Supremo AS/0579/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2007

Fecha: 06-Nov-2007

Que, contra el referido auto de vista, la parte demandada interpone recurso de casación en


Que, contra el referido auto de vista, la parte demandada interpone recurso de casación en el fondo de Fs. 370-373, expresando que la prueba de descargo presentada oportunamente en cumplimiento de los Arts. 66 y 150, reúne toda la fuerza probatoria exigida por ley, por lo que el Tribunal de alzada, ha incurrido en evidente error de hecho, por cuanto, hace referencia a la declaración de un testigo sobre la existencia de una doble planilla y que a la vez se cancelaban horas extras, pero no hace ninguna alución a que la demandante no presentó ninguna prueba documental que demuestre que el salario percibido era de $us. 450, ni menos el pago de horas extras; consiguientemente, dice el apoderado recurrente, que la resolución emitida por el Tribunal ad quem no tomó en cuenta toda la prueba que acredita que la actora nunca trabajó horas extras y que jamás haya ganado más de $us. 100. Luego, puntualiza que la trabajadora era personal de confianza, porque manejaba joyas y dineros de la empresa y que los indicios aplicados por el Juez de la causa, confirmados por el Tribunal de apelación, no hacen otra cosa que evidenciar una mala interpretación del Art. 197 del Cód. Proc. Trab. y una indebida aplicación tanto de los Arts. 153 y 159 del referido adjetivo procesal, así como del principio de proteccionismo al trabajador, pero con graves consecuencias a los derechos de su representado