Que el apoderado de la empresa Athena, acusa una incorrecta valoración de la prueba de
Que el apoderado de la empresa Athena, acusa una incorrecta valoración de la prueba de descargo por los jueces de grado, quienes realizaron una mala interpretación del Art. 197 del Cód. Proc. Trab., una indebida aplicación de los Arts. 153 y 159 del referido adjetivo procesal, así como del principio de proteccionismo, por cuanto otorgaron derechos sociales al actor con un sueldo promedio de $us. 450.-, cuando en realidad su salario está acreditado por las planillas de pago acompañadas al proceso. En efecto, teniendo en consideración las acusaciones contenidas en el recurso y de la revisión exhaustiva del proceso, se advierte que el Tribunal de alzada, al confirmar la sentencia de grado, no hizo una correcta interpretación de las normas aplicadas en el fallo recurrido, por cuanto no consideró:
Que, el informe de Fs. 4 de 21 de septiembre de 2000, elaborado por la autoridad administrativa de la Inspectoría del Trabajo, no puede comprenderse sino en el ámbito de una declaración unilateral de un tercero que no es parte del proceso, a lo que se añade el hecho de que la representante del Ministerio de Trabajo no ha comparecido dentro del juicio laboral para sostener su informe; en consecuencia, esta literal no lleva ninguna firma de las partes para acreditar que la trabajadora percibía como salario mensual la cantidad de $us. 450
- AUTO SUPREMO Nº 579 - Social Sucre, 06 de noviembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Que, contra el referido auto de vista, la parte demandada interpone recurso de casación en
- Concluye indicando que los indicios y presunciones en los que se amparó el Tribunal de
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del recurso, corresponde su análisis y consideración, de
- Que, el auto de vista recurrido resuelve confirmar en todas sus partes la sentencia de
- Que el apoderado de la empresa Athena, acusa una incorrecta valoración de la prueba de
- Que, las declaraciones de los testigos de cargo no son uniformes en tiempos lugares y
- Que, la declaración del testigo de cargo Willams Willy Cabrera Garamendi, sobre la existencia de
- Que, por el contrario, consta de Fs
- Que, la única presunción aplicable a la especie en contra de la empresa está referida
- Que, respecto al trabajo de horas extraordinarias que hubiera realizado la demandante, tampoco han sido
- Que, en el marco de lo relacionado precedentemente, se concluye que los jueces de grado
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Tiempo de servicios: 2 años y 5 meses
- Fecha de ingreso: 15 de abril de 1998
- Fecha de despido: 15 de septiembre de 2000
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
