Auto Supremo AS/0579/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2007

Fecha: 06-Nov-2007

Que, respecto al trabajo de horas extraordinarias que hubiera realizado la demandante, tampoco han sido


Que, respecto al trabajo de horas extraordinarias que hubiera realizado la demandante, tampoco han sido acreditadas, resultando que a la actora no le estaba impedida presentar los supuestos recibos que estuviera en su poder para demostrar este extremo; por el contrario, los testigos de cargo refieren que la actora era una empleada de confianza, porque desempeñaba en la empresa "(...) funciones de cajera, atención al público, otorgaba créditos y realizaba transacciones comerciales (...)", conforme se constata en el memorial de demanda de Fs. 7-8, adecuando su conducta a la segunda parte del Art. 46 de la L.G.T