Auto Supremo AS/0813/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2007

Fecha: 15-Nov-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 182-183, CASA, el Auto de Vista Nº 192/05 SSA III de 30 de septiembre de 2005, cursante a fs. 154 y, deliberando en el fondo, declara improbada la demanda de fs. 10-12, manteniendo firmes y subsistentes los Pliegos de Cargo Nos. 289/95 y 295/95 ambos de 12 de julio de 1995, disponiendo que la administración tributaria, prosiga con el cobro coactivo de los tributos liquidados