En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No. 250/06 de 10 de noviembre de 2006 (fs. 186-187), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, revocó en parte la Sentencia Nº 007/2005 de 14 de marzo de 2005 de fs. 145-155, manteniendo firme y subsistente la resolución determinativa por Bs. 1.584.314.- como tributo omitido, debiendo calcularse accesorios al momento de su liquidación, sin modificación la multa del 50% por evasión
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Juez 1ro
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó los recursos de casación en el fondo, conforme se sintetiza
- II
- III
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- En la especie, el auto de vista recurrido mantiene firme y subsistente la R
- 2) Con relación al recurso de casación en el fondo de la parte actora, cuyo
- Sobre el particular, los fundamentos expuestos en el auto de vista son correctos, porque la
- 3) Finalmente, respecto a la conducta del sujeto pasivo, que motivó el recurso de casación
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
