Estas circunstancias, fueron advertidas por el Tribunal ad quem, quien reconoció que dicha determinación de
Estas circunstancias, fueron advertidas por el Tribunal ad quem, quien reconoció que dicha determinación de primera instancia era contradictoria, por ello en la parte resolutiva, revocó la sentencia y, deliberando en el fondo, declaró probada en parte la demanda, modificando los reparos establecidos en la Resolución Determinativa impugnada, ordenando la reliquidación de los accesorios y modificando la multa de defraudación a evasión
- PARTES: "Agencias Generales S.A." c/ Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO) Cochabamba
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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- En grado de apelación, formulada por la representante de la Gerencia GRACO Cochabamba del SIN,
- Dicho fallo motivó los recursos de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Con carácter previo a resolver los fundamentos de los recursos de casación formulados
- Complementariamente a lo anotado, corresponde recordar igualmente, que las resoluciones judiciales que ponen fin a
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- Por otra parte, los fundamentos del recurso de casación presentado por la representante de la
- De todas maneras, el error cometido por el Juez a quo, impide se abra la
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 29 de noviembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
