Auto Supremo AS/0822/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0822/2007

Fecha: 29-Nov-2007

En efecto, cursa en obrados el certificado de nacimiento a fs


En efecto, cursa en obrados el certificado de nacimiento a fs. 25 y 53, la cédula y certificado de Cédula de Identidad No. 2186371 expedida en La Paz a fs. 23-24, 51-52 y 73-74, tarjeta de prontuario de la Policía Nacional de fs. 94, Certificado de Matrimonio de fs. 53, Libreta de Familia de fs. 100, Certificado de Bautismo de fs. 101, todos estos documentos en originales acreditan de manera incuestionable que Segundino Nina Acarapi, nació el 15 de enero de 1942 y no el año 1951; por consiguiente merecen la fe probatoria que les asignan los arts. 1289, 1296 y 1534 I del Código Civil, concordante con los arts. 399 I y 400 del Código de Pdto. Civil