CONSIDERANDO III: Que, en el caso de autos, al estar debidamente acreditado que el año
CONSIDERANDO III: Que, en el caso de autos, al estar debidamente acreditado que el año correcto de nacimiento de la beneficiaria, es el año 1946 y no 1953, como erróneamente observó la entidad recurrente, es correcta la determinación de la rehabilitación del pago de renta de vejez a partir del 30 de mayo de 2003, es decir, con carácter retroactivo a la fecha de su suspensión y consiguiente devolución de las rentas suprimidas, conforme previene el art. 45 del Código de Seguridad Social, concordante con el art. 87 de su reglamento, en sujeción a los arts. 158-II y 162 de la C.P.E
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Reclamación de Pensiones
- PARTES: María Cristina Del Rosario Salazar Osorioc/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, a instancia de la actora, por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- 2) La entidad recurrente no consideró que la asegurada presentó la documentación requerida por el
- En efecto, cursa en obrados el certificado de nacimiento a fs
- En cuanto al informe de la Dirección Nacional de Registro Civil de la Corte Nacional
- 3) Por lo expuesto, se establece que no existe elementos de juicio, que acrediten que
- 4) Finalmente, el argumento expuesto en el recurso de casación, carece de sustento legal, por
- A mayor abundamiento se hace constar que, conforme estableció la SC
- CONSIDERANDO III: Que, en el caso de autos, al estar debidamente acreditado que el año
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
