Auto Supremo AS/0830/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2007

Fecha: 30-Nov-2007

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, revisando los antecedentes procesales, se tiene


CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, revisando los antecedentes procesales, se tiene:

a).- Analizando minuciosamente los antecedentes remitidos junto al expediente, se advierte ineludiblemente que el tribunal ad quem, no incurrió en aplicación indebida del art. 115 inc. 2) de la Ley Nº 1340, al calificar la conducta del contribuyente como evasión por la omisión del pago del tributo, pues ciertamente se advierte que cumpliendo las normas tributarias en vigencia, el contribuyente presentó sus Declaraciones Juradas oportunamente, llevaba los libros de compras y ventas IVA, tenía archivadas las facturas de su crédito fiscal y cuando se le hizo el requerimiento de la documentación necesaria para la fiscalización, la presentó oportunamente