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5.- Dichos recursos de apelación restringida fueron resueltos el 11 de junio de 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 432 a 434) que, declarando improcedentes todos esos recursos, confirmó la Sentencia apelada mediante Auto de Vista número 308/04
- Revisión extraordinaria de sentencia
- VISTOS: el recurso de revisión de sentencia ejecutoriada interpuesto el 28 de noviembre de 2006
- CONSIDERANDO: que el mencionado recurso, admitido por esta Sala Penal Segunda de la Corte Suprema
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- CONSIDERANDO: que siendo esos los antecedentes del recurso de revisión de sentencia ejecutoriada que es
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- CONSIDERANDO: que siendo lo resuelto por esa Sentencia el argumento esencial del recurso que es
- Que por lo expuesto, se puede apreciar que los adjudicatarios de la Urbanización "El Prado"
- Que por ello resulta que la Sentencia que calificó ese acto como despojo, no puede
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
