Auto Supremo AS/0465/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0465/2007

Fecha: 03-Dic-2007

CONSIDERANDO: Que, de obrados se evidencia que el tribunal ad quem no se pronunció sobre


CONSIDERANDO: Que, de obrados se evidencia que el tribunal ad quem no se pronunció sobre el fondo de los hechos que motivan la presente acción, limitando su actuación a la revisión y análisis de las formas del proceso, de ahí que el medio procesal para impugnar la resolución de vista es el recurso de casación en la forma y no en el fondo como también ha sido planteado por la recurrente