Que, estando en evidencia las acciones de dilación protagonizadas por el imputado durante el desarrollo
Que, estando en evidencia las acciones de dilación protagonizadas por el imputado durante el desarrollo del proceso, siendo que las mismas se encuentran previstas en los supuestos de hecho contenidas en las normas legales y sub - reglas judiciales emitidas por el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Casación, tomando en cuenta el requerimiento fiscal, debe declarar no haber lugar a la extinción de la acción penal solicitada por el imputado a fojas 653 a 657 vta. de obrados
- AUTO SUPREMO: Nº 639 Sucre, 3 de diciembre de 2007
- DISTRITO: La Paz
- Sucre, 3 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que Mario Orellana Cuchallo plantea excepción previa y de especial pronunciamiento de extinción de
- 2) Que, en el transcurso del proceso se ha violado lo establecido en la Ley
- Que el Fiscal de Recursos del Ministerio Público mediante el requerimiento de fojas 661 a
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de actuados procesales, se puede evidenciar las siguientes acciones que
- 2) La solicitud de reposición y la reiteración de la remisión de antecedentes al Ministerio
- 3) Los incidentes de prejudicialidad y falta de acción interpuestos por el imputado, los mismos
- 4) El recurso de apelación incidental incoado por el imputado y resuelto por auto de
- 6) Solicitud de suspensión de audiencia hecha por el imputado a fojas 288 y la
- De la ponderación de las acciones descritas se logrará definir la responsabilidad de los sujetos
- CONSIDERANDO: De los antecedentes se llega a evidenciar las siguientes circunstancias de hecho y derecho
- Que, los incidentes de prejudicialidad y falta de acción planteados por el imputado fueron rechazados
- Que, el hecho de que el imputado tenga varios defensores y que uno de ellos
- Razonamiento complementado en el Auto Constitucional Nº 0079/2004-ECA de 29 de septiembre de 2004, en
- Que, estando en evidencia las acciones de dilación protagonizadas por el imputado durante el desarrollo
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, tomando en cuenta
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
