Auto Supremo AS/0654/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2007

Fecha: 15-Dic-2007

IV


IV. Bajo estas premisas, es menester señalar que los precedentes invocados no constituyen fallos cuyos razonamientos sean contradictorios a los desarrollados tanto por el tribunal de sentencia como por el tribunal de alzada, teniendo en cuenta, además, que la situación fáctica es diferente en cada caso concreto