Auto Supremo AS/0658/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2007

Fecha: 15-Dic-2007

CONSIDERANDO: Que, precisados los fundamentos del recurso de casación corresponde un pronunciamiento respecto a cada


CONSIDERANDO: Que, precisados los fundamentos del recurso de casación corresponde un pronunciamiento respecto a cada uno de ellos, en ese sentido, con relación a los dos primeros puntos del recurso de casación interpuesto por la parte querellante, cabe señalar que de la revisión y análisis del precedente invocado por Wilfredo Edwin Suárez Ortiz, se evidencia que aquél tiene matices diferentes a los que se han desarrollado en el caso de autos; pues se refirió a un proceso tramitado por el delito de tráfico de sustancias controladas, por lo que al tratarse el presente caso a un hecho al que le corresponde distinta tipificación, no puede sostenerse una situación de hecho similar en los términos exigidos por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal; debe agregarse, que el querellante para sostener el tercer argumento de su recurso, citó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional Nº 1075/2003-R, soslayando las subreglas establecidas en la SC 1401/2003-R, de 26 de septiembre, que determinó que el precedente contradictorio, como requisito para acceder al recurso de casación a que se refiere la ley, no puede ser otro que un Auto de Vista o Auto Supremo preexistente, al que la sentencia impugnada contradice, por lo que corresponde declarar infundado el recurso de la parte querellante