Que, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Que, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito "San Martín de Porres" Limitada, representada por Wilfredo Erwin Suárez Ortiz contra los ex Ministros de la Sala Penal Primera de este Supremo Tribunal, la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció la Resolución 240/2007 de 20 de julio, cursante de fojas 2347 a 2348 vuelta, que dejó sin efecto el Auto Supremo Nº 277-A de 9 de marzo de 2007 y dispuso que el Tribunal Supremo dicte uno nuevo resolviendo en el fondo todos los recursos de casación y/o nulidad interpuestos por las partes, razón por la cual, corresponde dar aplicación al art. 102-I de la Ley Nº 1838 de 1 de abril de 1998 y el entendimiento asumido por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1573/2003-R, 1794/2003-R y 204/2006-R, entre otras, que establece: "(...) cuando se declara la procedencia de un amparo constitucional, el cumplimiento de los efectos de esa decisión debe ser inmediato, pues con esa declaratoria, el Tribunal respectivo ordenará a la autoridad o persona particular recurrida (a quien se ha encontrado responsable del acto ilegal o de la omisión indebida), haga, deje de hacer, se pronuncie o entregue algo (...)"
- AUTO SUPREMO: Nº 658 Sucre, 15 de diciembre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Apelada la decisión por la parte querellante el 12 de noviembre de 2004 (fs
- Que, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito
- CONSIDERANDO: Que, a tiempo de interponer el recurso de casación, los imputados plantearon como argumento
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- CONSIDERANDO: Que, precisados los fundamentos del recurso de casación corresponde un pronunciamiento respecto a cada
- Respecto a los argumentos de los recursos de casación de los imputados Rogelio Cuellar Justiniano
- Con relación al argumento de los imputados en cuanto al cambio de calificación jurídica del
- Consiguientemente, en aplicación del segundo párrafo del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- MINISTRO RELATOR: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
